En la sesión de Mediación, todas las partes comparten su punto de vista.
La persona mediadora asiste a los mediados para crear y evaluar opciones a fin de resolver el conflicto. Cuando las partes alcanzan un acuerdo, los extremos de éste son revisados, reflejados por escrito, y firmados por todas las partes. Como tal, un acuerdo puede ser legalmente vinculante –como si de una sentencia se tratase-, registrándose, y por ello, es necesario explicar a las partes su grado de compromiso con el acuerdo alcanzado.
La Mediación es “comunicación asistida para la obtención de acuerdos”.
Es esencial el concepto de “consentimiento informado”. En tanto en cuanto los participantes entienden la naturaleza de un proceso de mediación, y, efectivamente consienten en participar en el proceso descrito, la mediación se convierte en posible y apropiada para sus fines.
Todo lo hablado en el proceso de mediación, en el caso que éste no se continúe, no podrá ser utilizado por las partes en otro proceso adversarial.